Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2015-CA
Fecha: 24-Mar-2015
II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad del art. 222 del CP, por ser presuntamente contrario a los arts. 13.I, II y IV, 14.I, 109, 115, 116.II, 117.III, 132, 133, 196.I, 203, 256, 257.I y 410 de la CPE; 2.1 y 11 del PIDCP; 7 y 11.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 7.7 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR