AUTO CONSTITUCIONAL 0114/2015-CA
Fecha: 24-Mar-2015
Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz
En consulta la Resolución 73/2015 de 12 de febrero, cursante de fs. 89 a 90, pronunciada por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Jorge Antonio Iturralde Monje, demandando la inconstitucionalidad del art. 222 del Código Penal (CP), por ser presuntamente contrario a los arts. 13.I, II y IV, 14.I, 109, 115, 116.II, 117.III, 132, 133, 196.I, 203, 256, 257.I y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 2.1, 11 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 7 y 11.2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, 7.7 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR