De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0064/2015 de 05 de marzo, bajo los siguientes argumentos d
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0064/2015 de 05 de marzo, bajo los siguientes argumentos d

Fecha: 05-Mar-2015

está de acuerdo con la declaratoria de compatibilidad

En ese marco, el suscrito Magistrado está de acuerdo con la declaratoria de compatibilidad siempre y cuando la previsión normativa señalada en el presente numeral analizado: “Aprobar por dos tercios del total de los Concejales, la enajenación de bienes Municipales sujetos a régimen jurídico privado”, este prevista en la ley emitida por el nivel central del Estado; toda vez que, se estaría estableciendo una clasificación – de bienes Municipales sujetos a régimen jurídico privado y –enajenación de bienes–, situación que se encuentra reservada a una ley nacional, por mandato del art. 339.II de la CPE.