Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0064/2015 de 05 de marzo, bajo los siguientes argumentos d
Fecha: 05-Mar-2015
Sobre el numeral 11
Con referencia al art. 28.11 que señala: “Aprobar por dos tercios del total de los Concejales, la enajenación de bienes Municipales sujetos a régimen jurídico privado, conformidad con la presente ley, para la posterior tramitación de su autorización ante el Congreso Nacional”, al respecto, corresponde mencionar lo siguiente:
- II. FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO ACLARATORIO
- Artículo.-28. (Atribuciones del Concejo Municipal).
- Sobre el numeral 7
- conducir
- La Ley Marco de Autonomías y Descentralización regulará
- Fragmento 6
- Sobre el numeral 11
- Su calificación
- está de acuerdo con la declaratoria de compatibilidad
- Control previo de constitucionalidad
- Fragmento 11