De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0064/2015 de 05 de marzo, bajo los siguientes argumentos d
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

De conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), en el plazo establecido, el suscrito Magistrado manifiesta su voto aclaratorio en relación a la DCP 0064/2015 de 05 de marzo, bajo los siguientes argumentos d

Fecha: 05-Mar-2015

Sobre el numeral 11

Con referencia al art. 28.11 que señala: “Aprobar por dos tercios del total de los Concejales, la enajenación de bienes Municipales sujetos a régimen jurídico privado, conformidad con la presente ley, para la posterior tramitación de su autorización ante el Congreso Nacional”, al respecto, corresponde mencionar lo siguiente: