Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0244/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
II.3.
II.3. Nota de 20 de septiembre de 2013, en el que la Jefa de Recursos Humanos de la empresa TRAMAALE comunica al Ministerio de Trabajo que Pedro Basilio Vargas Quispe no se presentó a su fuente de trabajo desde el 13 hasta el 20 de septiembre; hecho que se considera abandono de su fuente laboral (fs. 40). Asimismo, cursa formulario de aviso de baja del asegurado de la CNS, indicándose en el mismo que el motivo es abandono de trabajo (fs. 39).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación, el nasciturus y el progenitor
- I.
- Entendimiento asumido en virtud a que en estos casos no sólo se halla involucrado el derecho al trabajo, sino otros derechos elementales como la subsistencia y a la vida misma de la persona, ya que cuando se afecta el derecho al trabajo a través de una despido injustificado, no sólo se afecta a la persona individual, sino a todo el grupo familiar
- III.3. Análisis del caso concreto
- existe la posibilidad excepcional de que la justicia constitucional ordene el cumplimiento de una resolución administrativa
- CONFIRMAR