SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0256/2015-S3
Fecha: 11-Mar-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, a través de su representante, denuncia la vulneración de sus derechos fundamentales por parte de la Jueza demandada, puesto que habiendo cumplido con todas las medidas sustitutivas dispuestas por el Tribunal de alzada, dicha autoridad se niega a emitir su mandamiento de libertad, con el argumento de que respecto a la medida que le ordena suscribir acta de ofrecimiento de garantías a favor de la querellante y víctima, debe apersonarse ante la Fiscal de Materia; sin embargo, habiendo actuado de esa manera, luego le dijo que su autoridad oficiaría a la referida Fiscal para el efecto, debiendo estar presentes ambas partes -incluida la víctima- en el acto de suscripción, ello sin tomar en cuenta que la misma puede firmarse aun estando en libertad.