SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0300/2015-S1

Fecha: 20-Mar-2015

III.3.

El accionante denuncia vulneración a sus derechos invocados, aduciendo que en la demanda de asistencia familiar interpuesta por Sandra Doly Moscoso Mercado en su contra, fue notificado el 19 de agosto de 2013, por lo que se apersonó el 2 de octubre de igual año, purgando rebeldía y respondiendo a la demanda, señalando domicilio procesal y real; el 17 del mismo mes y año, indebidamente se dispuso su declaratoria de rebeldía, cuando ya había presentado en el anterior memorial la boleta de purga de rebeldía; por lo que, interpuso incidente de nulidad de notificación, ya que se la realizó en un domicilio distinto al que hizo conocer en su memorial de apersonamiento, que mediante auto interlocutorio, fue rechazado, a lo que interpuso recurso de apelación, que según el informe de la autoridad demandada, no cumplió con lo estipulado por los arts. 241, 242 y 243 del CPC, ya que no proveyó con los recaudos de ley para remitir las fotocopias legalizadas ante el superior en grado.

Realizada la correspondiente liquidación, se estableció en Bs2500.- (dos mil quinientos bolivianos) el monto adeudado por cinco meses de retraso del pago de las obligaciones de asistencia; consecuentemente, la autoridad demandada expidió mandamiento de apremio, en base a lo dispuesto en el art. 436 del CF.

Cabe hacer notar que si bien se emitió mandamiento de apremio contra el accionante, fue por el incumplimiento de su obligación derivada de la demanda de asistencia familiar y que así por ley está estipulado; además, que en el presente caso, dicho mandamiento no fue ejecutado, al no haber sido entregado a la parte demandante, por lo que no se podría considerar que esté siendo indebidamente perseguido, mucho menos está preso. Así que no es procedente la presente acción de libertad correspondiendo denegar la tutela solicitada por lo dispuesto y señalado en los Fundamentos Jurídicos del presente fallo.