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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2015-S1

    Fecha: 27-Mar-2015

    II.4.

    Trabajo, Empleo y Previsión Social del Beni reiteró se proceda a la reincorporación de Julio Germán Coaguila  Valdez, respetando su categorización de acuerdo a la normativa específica de  la institución en su calidad de especialista; es decir, con el ochenta por ciento de su haber,  así como demás beneficios (de fs. 5 a 6).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.4.
    • III.
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • En caso de que el trabajador opte por su reincorporación, podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, donde una vez aprobado
    • el despido injustificado, se dispondrá la inmediata reincorporaciónʻ
    • III.3. Derecho al trabajo, estabilidad laboral y remuneración
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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