SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
II.1.
II.1. Cursa testimonio 0035/2002 de 28 de mayo, referente a documentos de transferencia en favor de Virgilio Tórrez Guillen y Filiberta Hinojosa de Tórrez -hoy accionantes-, por Donato Taboada Honor y Leonila Maldonado de Taboada, de un potrero denominado “Los Blanquiscales”, con una extensión de 30 ha, por la suma de $us1 800.- (mil ochocientos dólares estadounidenses) (fs. 1 a 2); asimismo, cursa otro documento en el que los compradores y vendedores indicaron que la extensión del terreno transferido fue de 51.87 ha (cincuenta y un hectáreas con ochenta y siete metros) y que existía la adhesión de Wilfredo Taboada Maldonado -hijo de los vendedores y propietario de una parte del terreno transferido- (fs. 3 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Juez de garantías
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- REVOCAR