SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0319/2015-S1

Fecha: 30-Mar-2015

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 68/2014 de 4 de septiembre, cursante de fs. 60 a 61 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) No existe peligro a la vida, ni persecución indebida, ni procesamiento ilegal, porque existe una sentencia condenatoria ejecutoriada, donde se concluyeron todas las instancias procesales; 2) El accionante nunca estuvo en indefensión porque conocía del proceso penal, ahora no puede pretender por un acto administrativo alegar vulneración de derechos; 3) El Juez Primero de Ejecución en lo Penal de El Alto actuó bajo los parámetros y atribuciones que la Constitución Política del Estado y la Ley penal le concede, pues el art. 430 del CPP, le faculta ejecutar mandamientos que tienen la calidad de cosa juzgada, como en el presente caso; y, 4) La acción de libertad no es una instancia más dentro de un proceso ordinario.