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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S2

    Fecha: 20-Mar-2015

    denegar

    En consecuencia, y por lo señalado precedentemente, se constata que el caso planteado no se encuentra dentro de las previsiones  y alcances del art. 125 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al denegar la tutela solicitada, ha efectuado una adecuada compulsa del mismo, dando una correcta aplicación al citado precepto constitucional.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • i)
    • denegar
    • CONFIRMAR

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