SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S2

Fecha: 20-Mar-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que fue sindicado por la comisión de los delitos de privación de libertad, violencia económica y otros, a cuya consecuencia fue imputado, imponiéndole detención preventiva, en ese momento no contaba con las certificaciones y requisitos para optar por el beneficio de medidas sustitutivas; negándole indebidamente en audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva, con resoluciones ilegales desde todo punto de vista jurídico, pese a presentar certificaciones que desvirtúan los riesgos procesales.

Este hecho vulneró las garantías constitucionales como el debido proceso, y la presunción de inocencia, coartando de esa manera su derecho constitucional a la libertad de locomoción, basándose únicamente en sospechas, porque habría sido la última persona que vio a la víctima, antes de su desaparición, sindicándole un delito que no cometió.