SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0327/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cursando el tercer año en la ANAPOL, fue dado de baja definitiva, mediante Resolución Administrativa (RA) 0078/13 de 4 de diciembre de 2013, dictada por la Comisión de Régimen Disciplinario de la misma institución, acusándolo de haber incurrido en una falta gravísima, prevista en el art. 40.1 del Reglamento de Régimen Disciplinario de las Unidades Académicas de Grado de la Universidad Policial, referida a “…Regresar de franco o ser sorprendido en dependencias de la Unidad Académica en estado de ebriedad con aliento alcohólico” (sic); es así, que ante la ilegal determinación interpuso recurso jerárquico, emitiendo el Vicerrector de la de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mariscal Antonio José de Sucre” la Resolución 061/2014 de 14 de marzo, mediante la cual dispuso anular la citada determinación, ordenando su rehabilitación con todos sus derechos académicos a partir de la gestión 2014, dejando claramente establecido que la Dirección de la ANAPOL, quedaba como encargada del cumplimiento y ejecución de tal disposición.

Refirió que, pese a la orden de rehabilitación de sus derechos académicos, el Director de la Unidad Académica ANAPOL, se resistió en cumplir con la Resolución de recurso jerárquico 061/2014, impidiéndole el ingreso el 22, 25 y 30 de marzo del mismo año, en la puerta de dicha Academia, lesionando así su derecho de acceso a la educación, dado que no se pronunció con referencia a lo resuelto, por cuanto al tener un sistema semestralizado, a la fecha ya concluiría el semestre en el mes de junio, por lo que si llegaría a perder el año académico, le ocasionaría un gran perjuicio; asimismo, señaló que la autoridad demandada, al tener conocimiento de la Resolución 061/2014, debió disponer inmediatamente la ejecución de la misma, permitiendo que en igualdad jurídica con el resto de sus camaradas, pudo haber ingresado a la ANAPOL para continuar con sus actividades académicas.