SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado de la accionante, en audiencia, ratificó in extenso el contenido de su memorial de amparo constitucional y ampliando los términos del mismo, señaló que sus clientes, al retornar al Estado Plurinacional de Bolivia decidieron traer consigo su menaje doméstico, cumpliendo para ello con todos los requisitos que establece la normativa vigente, de tal manera que en el trámite correspondiente no existió ninguna observación, refiriendo a su vez, que los mismos se acogieron al régimen aduanero de depósito temporal, siendo iniciado el mismo, el 14 de octubre de 2013, con el ingreso del referido menaje a la empresa ALBO S.A.; asimismo, manifestó que el trámite se complicó posteriormente, debido a la existencia de dos informes; ambos emitidos fuera de plazo, los cuales contravinieron normas legales transgrediendo el debido proceso, y solicitando de esta manera, se conceda la tutela impetrada por la accionante, considerando a su vez, una excepción al principio de subsidiariedad, toda vez que la nombrada, estaría sufriendo por no contar con sus pertenencias.