SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0974/2015-S2
Fecha: 05-Mar-2015
concedió
El Juez Séptimo de Sentencia Penal y Liquidador del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 05/2015 de 25 de marzo, cursante de fs. 37 a 39 vta., por la que concedió la tutela, disponiendo que la autoridad demandada, resuelva el escrito de solicitud de mandamiento de libertad de manera directa en el término previsto por ley, sin responsabilidad para la Jueza demandada por ser excusable, en base a los siguientes fundamentos: 1) No se adjuntó la SCP 0176/2014-S2 de 24 de noviembre, que es el resultado de la acción de libertad, interpuesta contra la Jueza Décima Segunda de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, donde se determinó su estricto cumplimiento; y, 2) La ratio decidendi de esa Sentencia, hizo referencia al art. 397 del CPP, que está orientada a garantizar el efecto extensivo del recurso, mismo que sólo se aplica para favorecer a los imputados y nunca para perjudicarlos, por el principio de no reformatio in peius.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la acción de libertad
- cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad del accionante y se constate la existencia de absoluto estado de indefensión
- III.2. Del derecho a la libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo