Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0077/2015-RCA
Fecha: 06-Abr-2015
I.5. Síntesis de la impugnación
La accionante, sostiene que agoto la vía administrativa con el recurso jerárquico, que no fue resuelto en el plazo establecido de veinte días, conforme la Ley del Procedimiento Administrativo por la autoridad administrativa, habiéndose generado el silencio administrativo; por lo que, han transcurrido cuarenta y cinco días, motivo por el cuál planteó la acción de amparo constitucional.
- acción de
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- o la denuncia sobre resolución del mismo sin que aparentemente existan motivos para tal decisión; no pueden ser analizados a través de la presente acción de amparo constitucional, sino a través del proceso contencioso administrativo
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR