AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0080/2015-RCA

Fecha: 08-Abr-2015

I.5. Memorial de impugnación

Refiere que, si bien es evidente que dentro del proceso penal aludido se emitió sentencia condenatoria ejecutoriada; empero, él antes a que se genere ese fallo interpuso incidente de calidad de bienes, por lo que no es evidente que no haya hecho valer sus derechos dentro de término de ley, pues continuamente reclamó que el incidente sea sustanciado, planteando incluso el recurso de reposición frente al rechazo.

En relación al supuesto incumplimiento del principio de subsidiariedad, considera que cuando el Tribunal de garantías sostiene que pudo activar la apelación restringida contra la sentencia emitida, no advirtió que esa posibilidad no le fue factible por cuanto él no es parte directa del proceso; y que, además las partes principales del mismo renunciaron a ese medio de impugnación, por lo que la misma adquirió calidad de cosa juzgada.