AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2015-RCA

Fecha: 09-Abr-2015

Fragmento 12

A partir de ello, al estar, tanto la resolución que da por no presentada una acción, dentro del referido articulo la impugnación prevista en el numeral 2 también alcanza la resolución que da por no presentada una acción  prevista en el numeral 1; a partir de ello, se debe entender que ambas resoluciones (que da por no presentada) es perfectamente impugnable conforme la norma procesal constitucional.