AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2015-RCA

Fecha: 09-Abr-2015

I.5. Síntesis de la impugnación

El accionante impugnó la Resolución 098/2015, señalando que contra la resolución que da por no presentada la acción de amparo constitucional prevista en el art.30 I.1 del CPCo, dicha normativa no prevé ningún medio de impugnación, pero si contra una resolución de “rechazo” emitida conforme el art.30 I.2 del mismo Código, de donde se establece que el Tribunal de garantías se equivocó al pronunciar la resolución de “rechazo” ahora cuestionada, al haber manifestado erradamente que no se había agotado el medio de impugnación contra la Resolución 71/2014, que dispone se tenga por no presentada la demanda, así también lo reconocieron las autoridades demandadas cuando en la misma no advirtieron que ella era recurrible, por lo que en mérito a dicho fundamento, pide se revoque la resolución impugnada y se ordene que se admita la presente acción e ingresen al análisis del fondo de la causa.