AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0092/2015-RCA

Fecha: 21-Abr-2015

improcedencia

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 02/2015 de 19 de enero,  cursante de fs. 43 y vta., declaró la improcedencia “in limine” de la acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) Uno de los presupuestos de la acción tutelar es su naturaleza subsidiaria; por lo que su procedencia está condicionada a la inexistencia de otro medio o recurso legal para la protección del derecho que se denuncia vulnerado; y, b) De los antecedentes se tiene que no se agotaron todas las vías llamadas por ley, al no haber presentado recurso de apelación incidental contra la Resolución 32/2014 de 16 de junio, conforme el art. 403 del CPP.