AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2015-RCA

Fecha: 23-Abr-2015

Fragmento 6

Consecuentemente; se evidencia que, respecto a las resoluciones de las cuales la accionante solicita la nulidad, no se halla agotada la vía ordinaria; puesto que, respecto al Auto de 10 de febrero de 2015, interpuso “Recurso de apelación” sin que hasta el presente se haya pronunciado la autoridad jurisdiccional respecto a la concesión o no de la alzada; empero en lugar de esperar el pronunciamiento que corresponda, recurrió directamente a esta jurisdicción, a través de la acción de amparo constitucional, obviando su naturaleza extraordinaria y subsidiaria de esta acción tutelar, lo que determina su improcedencia; puesto que, como se tiene manifestado en los Fundamentos Jurídicos precedentes, entre los presupuestos de procedencia de la acción que se analiza, se tiene la observancia del principio de subsidiariedad.