AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0099/2015-RCA

Fecha: 23-Abr-2015

improcedente

La Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia          de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 12 de marzo de 2015, cursante a fs. 30 y vta., declaró improcedente la acción       de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: 1) La referida acción tutelar no procede cuando existe otro medio o recurso legal para la protección inmediata derechos y garantías restringidos; y, 2) En el presente caso se pretende someter a control constitucional la determinación asumida por la “…Jueza accionada…” (sic) mediante decreto de 27 de febrero de 2015, misma que de conformidad al art. 518 del CPC.1997, puede ser objeto de apelación en el efecto devolutivo, no siendo evidente que dicha determinación no sea recurrible; por lo que, no se agotó la vía ordinaria.