Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0107/2015-RCA
Fecha: 30-Abr-2015
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante, alega que fueron lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, “Seguridad Jurídica” y “Principio de Especialidad de la Norma”, citando al efecto los arts. 115.II, 119 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, “8 num. 2, 8 num. 2 inc. b), 5 num. 3, 11…” (sic) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- Contra resoluciones judiciales o administrativas que pudieran ser modificadas o suprimidas por cualquier otro recurso, del cual no se haya hecho uso oportuno.
- II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión
- 3) Por negativa indebida del recurso de casación”
- CONFIRMAR