Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2015-CA
Fecha: 10-Abr-2015
I.2. Respuesta a la acción
Formulada la presente acción de inconstitucionalidad, fue corrido en traslado por decreto de 13 de febrero de 2015 a fs. 21 a Enrique Morales Díaz, Valerio Vásquez Chambi, Sebastián Choque Ayca, Florencio Cosme Lupa, Guillermo Mayta Intimayta, Lucia Justa Castillo Condori, Juan Mamani Mamani, Basilio Cuppe Sirpa, Lorenzo Villegas Vadillo, Alejandro Mayta García, Benita Callizaya Paye, Panfi Pusarico Condori, Felipe Huayco Quispe y Néstor Choque Mamani, siendo notificados el 18 del mismo mes y año de fs. 22 a 28, sin obtener respuesta alguna.
- Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura del Órgano Judicial de Bolivia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- a)
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- rechazó
- RATIFICAR