AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2015-CA

Fecha: 10-Abr-2015

a)

Señalan que, pese a esos antecedentes las autoridades judiciales emitieron los siguientes actos jurídicos: a) Sentencia de 27 de abril de 2012, pronunciada por la Jueza Primera de Instrucción en lo Civil; b) Auto de Vista 02/2014 de 30 de mayo, emitido por el Juez de Partido en lo Civil y Comercial, ambos de Sacaba; y, c) Auto de 2 de septiembre de 2014, dictado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia todos de Cochabamba.

Indican que, si bien existió un error procesal por su parte, éste fue advertido por memorial presentado el 25 de julio de 2014, solicitando de manera expresa al Juez de Partido en lo Civil y Comercial de Sacaba, la nulidad de obrados mencionando que el proceso se desarrollaba en franca violación de principios elementales referentes a la jurisdicción y competencia, aspectos que no fueron considerados y que no recibieron respuesta negativa ni positiva.