AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0141/2015-CA

Fecha: 10-Abr-2015

II.2. Análisis del caso concreto

Por lo expuesto, se concluye que los argumentos expuestos no se acomodan a las causales de procedencia del recurso directo de nulidad; puesto que, se cuestionan resoluciones dictadas por autoridades judiciales y no se presenta la situación prevista en el art. 146.2 del CPCo, relativa a que dichas autoridades hubieran cesado en sus funciones o se encuentren suspendidas por efecto de un proceso administrativo disciplinario; por el contrario, emitieron las decisiones observadas dentro de un proceso ordinario, debiendo agotar la instancia y en su caso plantear amparo constitucional.