SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2015-S1

Fecha: 06-Abr-2015

Fragmento 14

         En el caso de autos, la representante de los accionantes, cuestiona este tipo de actos, proferidos por la Administración Tributaria Aduanera, por lo que resulta pertinente traer a colación lo señalado en la SCP 0365/2014 de 21 de febrero, que sobre el particular, estableció: “El art. 131 del CTB dispone que: 'Contra los actos de la Administración Tributaria de alcance particular podrá interponerse Recurso de Alzada en los casos, forma y plazo que se establece en el presente Título. Contra la resolución que resuelve el Recurso de Alzada solamente cabe el Recurso Jerárquico, que se tramitará conforme al procedimiento que establece este Código. Ambos recursos se interpondrán ante las autoridades competentes…', antes denominaba Superintendencia Tributaria, instancia que actualmente, por imperio del Decreto Supremo (DS) 29894 de 7 de febrero de 2009, quedó instituida como Autoridad de Impugnación Tributaria.