SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0339/2015-S1

Fecha: 07-Abr-2015

a)

El accionante a través de su abogado, se ratificó en el memorial de la presente acción de libertad y ampliándola señalo que: a) Conforme al art. 5 del Código de Procedimiento Penal (CPP), el 27 de agosto de 2014, se presentó en audiencia ante la autoridad jurisdiccional, en la misma mediante documentación se acreditó la edad de Juan Carlos Pacamia Chávez; b) El Juez demandado no declinó competencia ante el Juez de la Niñez y Adolescencia y complementa indicando que el imputado enervo mayores riesgos, cuando lo único que faltaba demostrar era el domicilio, ya que debido a su edad no puede realizar contratos; c) Se interpuso recurso de apelación ante la decisión asumida, pero ni siquiera entro a despacho debido a lo cual planteó esta acción; además, que el art. 23 de la CPE, señala que se evitara a los adolescentes medidas como la detención preventiva; y, d) El art. 122 de la Norma Suprema, estipula que son nulos los actos del Juez Cautelar, por lo que solicita se restituya el derecho a la libertad del adolescente.