SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2015-S1

Fecha: 13-Abr-2015

concediendo

La Jueza Primero de Partido Civil y Comercial de Quillacollo del departamento de Cochabamba, como Jueza de garantías emitió la Resolución de 11 de septiembre de 2014, cursante de fs. 39 a 41, concediendo la tutela solicitada y disponiendo que en el término de tres días la demandada restituya y reinstale el medidor de agua, también se quite el candado de la rejilla de la bomba del pozo, con los siguientes fundamentos: 1) El agua se constituye en una fuente de vida, salud, alimentación y para la accionante un elemento natural vital sin cuyo suministro, su vida, salud y bienestar como la de su familia corre peligro; 2) Por los recibos adjuntos en fotocopias legalizadas de las gestiones 2011, 2012, 2013 y febrero   de 2014, se desprende que el esposo de la accionante Felipe Titichoque Ignacio se encuentra como titular de ésta prestación; y, 3) El derecho a los servicios básicos que tiene la cuidadora, ahora impetrante, no puede estar restringido con la única justificación del ejercicio del poder jurídico que le da la propiedad a la accionada, por ende tal calidad no le faculta a tomar medidas de hecho como ser el corte del agua potable, mediante el retiro del medidor, la construcción con concreto de un protector, tapa metálica y candado, con el propósito de presionar para una eventual desocupación.