SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2015-S2

Fecha: 08-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En abril de 2013, obtuvo a título de compra venta un lote de terreno, de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Hospicio Ltda., signado con la letra “B-2”, ubicado en Queru Queru, zona Andrada, distrito 1, sub distrito 24, al lado de la urbanización Lomas de Aranjuez y dentro del Parque Nacional Tunari, habiendo buscado la transferencia formal del título, sobre la mitad del bien en cuestión; es decir, terminar de registrar su derecho propietario, mismo que se encuentra restringido, debido a que Cristina Velencia Mondaca, Sub Alcaldesa de la Comuna Tunari, rechazó la visación de la minuta de transferencia, vulnerando sus derechos constitucionales.

Manifiesta que es evidente la existencia del lote de terreno, siendo los primeros propietarios Hernán Arandia Lazo y María Martha Quiroga Balderrama y posteriormente la Cooperativa de Ahorro y Crédito Hospicio Ltda.; la limitación del bien dentro del Parque Nacional Tunari es de carácter ambiental, sin que ello signifique que no se permita la existencia de propiedad, basta con revisar las poblaciones, donde la propiedad urbana está reconocida con tradición, encontrándose el cien por cien dentro del Parque de referencia.