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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2015-S1

    Fecha: 21-Abr-2015

    II.5.

    II.5.  Petición de informe de motivos de clausura de puesto de venta, que remite el Concejo Municipal de Irupana, al Directorio del "Mercado Municipal de Irupana", el cual no fue recibido por su Presidenta, indicando que el “Concejo deberá bajar al mercado si quieren saber o solucionar este              caso” (sic), según informe del Secretario Gonzalo Churata (fs.25 y vta).     

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
    • Fragmento 14
    • III.3. La flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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