SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0382/2015-S3

Fecha: 08-Abr-2015

a)

La parte accionante a tiempo de reiterar y ratificar los términos de su demanda, la amplió señalando que: a) Se cometieron actos irregulares dentro del proceso, puesto que no se le tomó declaración informativa por el delito de lesiones graves y abuso deshonesto b) Si bien existe una causal para plantear nulidad de notificación, por la existencia de actividad procesal defectuosa, mismas que se encuentran estipuladas en el art. 160 y ss. del Código de Procedimiento Penal, a lo cual argumentó que: “…tendría que existir un defecto para que plantee esa nulidad…” (sic), pero no tiene conocimiento de dicha notificación, debiendo considerarse la “SC 110/2006” la cual establece que: “…que el termino personal significa es de forma directa al interesado…” (sic), aspecto que no se efectuó causándole indefensión; y c) Asimismo no se dio cumplimiento a la notificación de forma personal citando el art. 163 del CPP.