SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S2

Fecha: 29-Abr-2015

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 22 de septiembre de 2014, cursante de fs. 62 vta. a 65 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) De acuerdo a la doctrina constitucional, de manera excepcional procede la tutela directa e inmediata, prescindiéndose aún de la naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional, cuando se advierta una evidente lesión al derecho invocado, un daño irreparable que determinaría que la protección sea ineficaz por tardía; 2) Habiéndose alegado vulneración al derecho a la propiedad privada, en función a que aparentemente por vías de hecho se ingresó a la baulera del accionante, violentando los cerrojos, verificándose estos extremos de antecedentes del Acta de Verificación Notarial, respaldada por muestrario fotográfico; así también, del Acta de entrega de la baulera vacía realizada por Notario y las cartas notariadas de entrega al presidente de los copropietarios y de éste al ahora accionante, se advierte de la propia demanda y de la intervención de la parte demandada, que el objeto        de la presente acción se produjo entre los meses de marzo y abril de 2014, por una parte y por otra sin precisar el mes del año 2013, se tiene que hay imprecisión respecto a la fecha en la que se habrían operado las medidas de hecho, por lo que no hay el alegado daño inminente e irreparable, la urgencia e inmediatez para poder accionar prescindiendo de la subsidiariedad; 3) Son insuficientes los argumentos esgrimidos por el accionante, debido a que con éstos no pudo determinarse de manera clara e irrefutable que la supuestas medidas de hecho acarreen acciones no previstas en la norma; y, 4) Consiguientemente, no corresponde ingresar al fondo de la problemática, pues las partes tienen los mecanismos ordinarios y administrativos donde recurrir pero sobretodo la voluntad de vivir en armonía y paz social.