Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0436/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.5.
II.5. Por nota de 19 de septiembre de 2014, dirigida al ahora accionante por el presidente de los copropietarios del Edificio “Los Alpes III”, recibida el 22 del mismo mes y año, se le comunicó que los demandados harían la entrega del inmueble baulera a la Directiva en su ausencia, pudiendo hacer uso de su derecho propietario, cumpliendo con lo establecido en el Reglamento de Copropiedad del Edificio; carta que fue certificada por Notario de Fe Pública 56 (fs. 54 y 55).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La cesación de los efectos del acto reclamado o teoría el hecho superado como causal de denegatoria de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo