Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.7.
II.7. La Asesora Legal de la Dirección de Gestión de Recursos Humanos, mediante informe DGRH. AL. 790/2012 de 20 de septiembre, hizo conocer al Director de Recursos Humanos, que no correspondía ingresar al fondo del recurso, puesto que el impetrante no está comprendido en la carrera administrativa (fs. 56 a 57).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR