SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2015-S2

Fecha: 19-Abr-2015

III.3.  Otras consideraciones

           Finalmente, cabe hacer referencia a la inobservancia de lo previsto en los arts. 126.IV de la CPE, y 38 del CPCo, respecto a la dilación en la remisión del expediente, pues no obstante que la audiencia se realizó el 1 de abril de 2015, la remisión del expediente se efectuó el 15 del mes y año señalados; es decir, después de catorce días de su conclusión, evidenciándose de ello una dilación injustificable en su remisión a este Tribunal; en desconocimiento que esta garantía constitucional es de carácter sumarísimo y obliga a los jueces y tribunales de garantías a cumplir los actuados con la celeridad necesaria.