AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2015-RCA

Fecha: 11-May-2015

a)

Solicita se conceda la tutela, ordenando: a) Se deje sin efecto el AS 011/2014 de 26 de septiembre, anulando obrados hasta ese momento procesal; para lo cual, se debe dejar sin efecto la convocatoria a juicio y las actuaciones realizadas y se disponga que la “…Sala Penal…” (sic) se pronuncie sobre las excepciones e incidentes, asimismo se disponga que el Fiscal General, emita una acusación fiscal debidamente fundamentada y formule resolución de rechazo o sobreseimiento por los delitos que no existe imputación ni acusación; b) Se disponga la nulidad de las resoluciones pronunciadas por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia y se remitan los antecedentes a la justicia ordinaria para posibilitar el derecho al recurso; y, c) Se ordene que la Sala Plena al no estar siendo juzgados, el Presidente, ni exista la posibilidad de juzgamientos en rebeldía del “Ministro Méndez”, se disponga la separación de juicio en relación al accionante y se remita el juzgamiento a la vía ordinaria, para que de esa manera se permita ejercer su derecho al recurso, a la doble instancia, a la defensa y a la aplicación directa de derechos.