AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0118/2015-RCA

Fecha: 11-May-2015

I.2. Derechos supuestamente vulnerados

El accionante considera lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la impugnación, a la “aplicación directa de derechos” y de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior, citando al efecto los arts. 109.I, 115.II, 117.I, 180.II y 410.I y II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.2      inc. h) de la Convención Americana sobre derechos Humanos; y, 14.5 del Pacto Internacional de derechos Civiles y Políticos (PIDCP).