AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0125/2015-RCA

Fecha: 19-May-2015

a)

Solicita se conceda la tutela y se declare probada la acción contra:                 a) La RM 261/2012 y se ordene a la Jefatura de Trabajo, la restitución a su fuente laboral en “YPFB-REDES DE GAS CBBA”; y b) La nota RGC-ADM-185/2010 31 de diciembre de devolución de activos fijos y se ordene también a los personeros de YPFB la restitución a su fuente de trabajo y la cancelación de todos los derechos sociales que le corresponde por ley, los sueldos devengados y el pago de costas y la reparación de daños civiles.

El accionante, por memorial presentado el 22 de abril de 2015, cursante de     fs. 880 a 886 vta., impugnó la Resolución 53/2015 de 14 de abril, pronunciada por el Tribunal de garantías, señalando que: a) Interpuso la presente acción en estricta sujeción a la SCP 0109/2015-S2, que no ingresó a analizar el fondo de la problemática planteada, porque este último aspecto no fue demandado como acto vulneratorio de sus derechos constitucionales, sobre la RM 261/12, por lo que no existe por el ignorado caso, identidad de sujeto, objeto y causa de esta acción con la anterior, b) La jurisprudencia constitucional del AC 0013/2011-RCA de 24 de enero, señaló que en caso de que en la primera acción no se hubiera ingresado al análisis de fondo de la causa, queda la posibilidad de plantearse nueva acción, jurisprudencia que no fue observada por el Tribunal de garantías; por lo que pide se revoque la resolución impugnada y se admita la actual acción de amparo constitucional.