AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2015-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0138/2015-RCA

Fecha: 22-May-2015

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 16 de abril de 2015, cursante de fs. 164 a 171, el accionante manifiesta que el 24 de enero de 2009, se aperturó una investigación en su contra ante la Dirección Departamental de Responsabilidad Profesional de la ciudad de Cochabamba con el caso 039/2009, por faltas graves al Reglamento Disciplinario, por supuestos cobros ilegales de dinero, retención de vehículo y placa.

Seguidamente se le instauró un proceso administrativo, en el que el 12 de octubre de 2011, se llevó a cabo la audiencia oral y pública, donde el Tribunal Disciplinario Departamental de la Policía Boliviana de Cochabamba, emitió la Resolución 142/2011, resolviendo darle de baja de la institución Policial sin derecho a reincorporación.

Presentó recurso de apelación, el Tribunal Disciplinario Superior Liquidador de la Policía Boliviana, mediante Resolución de Apelación 250/2012 de 9 de febrero de 2012, confirmó la resolución apelada, en base a una simple enunciación infundada de los hechos acontecidos, sin una debida fundamentación y motivación para llegar a dicha conclusión sin tomar en cuenta que el deber de todo juzgador es el de cuidar que todo proceso se desarrolle sin vicios de nulidad.