AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2015-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0172/2015-CA

Fecha: 06-May-2015

Directora Ejecutiva Regional a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) La Paz

En consulta la Resolución 0001/2015 de 13 de abril, cursante de fs. 94 a 100, pronunciada por la Directora Ejecutiva Regional a.i. de la Autoridad Regional de Impugnación Tributaria (ARIT) La Paz por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Ricardo Elías Rodríguez Beizaga en representación de la empresa “BEICRUZ S.A.”, demandando la inconstitucionalidad del parágrafo I de la Disposición Adicional Quinta de la Ley 291 de 2 de septiembre de 2012, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado (PGE-2012), que modifica el art. 59.I del Código Tributario Boliviano (CTB), por ser presuntamente contrarios a los arts. 172.11, 321.III y 323 de la Constitución Política del Estado (CPE).