Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0112/2015
Fecha: 07-May-2015
II.3.
II.3. El Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla, mediante Resolución Municipal 0036/2015 de 10 de abril, determinó aprobar la pregunta que textualmente dice: ¿Está usted de acuerdo en aprobar el proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla?, que fue declarada como viable para referéndum aprobatorio por medio de la Resolución TEDLP 111/2015 S.C. de 8 de abril (fs. 26 a 27).
- I.1. Contenido de la consulta
- “¿Está usted de acuerdo en aprobar el proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Achocalla?
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”
- mecanismo de consulta,
- Fragmento 9
- III.
- 'si'
- compatible
- es necesario el consignar y delimitar la respuesta, evitando de esta manera una diferente interpretación en las respuestas, tal y como sostiene la jurisprudencia previamente citada; por lo que, dentro del caso analizado se tomará que la respuesta “si” o “no” viene implícita a la pregunta realizada con el objeto de viabilizar la materialización del referéndum aprobatorio.
- con autonomías
- CONSTITUCIONALIDAD