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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015

    Fecha: 07-May-2015

    37

    En atención a lo establecido en el art. 116 del CPCo, el objeto del control de constitucionalidad de los proyectos de estatutos autonómicos y cartas orgánicas es confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional; al haberse eliminado el citado numeral, no existe contenido normativo que confrontar, por lo que no se realiza el control de constitucionalidad.

    • I.1. Contenido de la consulta
    • II. CONCLUSIÓN
    • III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
    • III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
    • III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
    • III.4. El control social
    • Fragmento 7
    • III.5. El Municipio
    • Fragmento 9
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • III.6. Análisis de compatibilidad
    • compatibilidad
    • 37
    • III.
    • I.
    • 3°

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