Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0113/2015
Fecha: 07-May-2015
II. CONCLUSIÓN
La revisión de la readecuación del proyecto de Carta Orgánica de Vinto , se efectúa en virtud de la DCP 0070/2015 de 5 de marzo, que determinó declarar la incompatibilidad de los siguientes artículos de la readecuación de la Norma Básica: arts.: 22.3; 33.I.37; 46.35 en la palabra “sustituto”; 58.I.2 en la frase: “…y otros a determinarse por Decreto Municipal”; 77.III en la frase: “…por Ordenanza Municipal”; 80.I en la frase: “…las normas municipales a excepción de la Ley Municipal…”; y 82.I en la frase: “Autoridades Policiales del Ministerio Público”.
- I.1. Contenido de la consulta
- II. CONCLUSIÓN
- III.1. El Estado Plurinacional de Derecho con autonomías
- III.2. El control de constitucionalidad de proyectos de normas básicas autonómicas
- III.3. La autonomía y el ejercicio competencial pleno y relativo
- III.4. El control social
- Fragmento 7
- III.5. El Municipio
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.6. Análisis de compatibilidad
- compatibilidad
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- III.
- I.
- 3°