Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0114/2015 de 7 de mayo correlativa a la DCP 0072/2014 de 13 de noviembre; en base a los siguientes fundamentos jurídicos constitucionales que ya fueron expuestos en el voto disidente de
Fecha: 07-May-2015
6.
6. Integralidad territorial. Integrar espacialmente el territorio del municipio y hacer respetar sus límites. Es el medio por el que la planificación, ejecución y evaluación de las políticas municipales para las materias de su competencia, debe considerar las esferas del desarrollo humano, social, político, económico, cultural, tecnológico, físico, ambiental y comunitario, así como el uso y aprovechamiento del tiempo, espacio y la recuperación histórica y atender simultáneamente las situaciones de vulnerabilidad y exclusión de las mujeres para mejorar su calidad de vida y los servicios que reciben”.