Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0114/2015 de 7 de mayo correlativa a la DCP 0072/2014 de 13 de noviembre; en base a los siguientes fundamentos jurídicos constitucionales que ya fueron expuestos en el voto disidente de
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0114/2015 de 7 de mayo correlativa a la DCP 0072/2014 de 13 de noviembre; en base a los siguientes fundamentos jurídicos constitucionales que ya fueron expuestos en el voto disidente de

Fecha: 07-May-2015

Autonomía.

1.            Autonomía. Bajo la responsabilidad institucional reconocida por la Constitución Política del Estado y la Ley, la población y ciudadanía del municipio Cabezas, se organiza política y administrativamente para el ejercicio de su competencias exclusivas, compartidas y concurrentes, y las que se les transfiera o delegue por Ley, para el desarrollo integral, bienestar social y seguridad de la población e integralidad territorial, con equidad de género y social e igualdad de oportunidades, con el fin de promover la participación ciudadana así como el desarrollo económico local, urbano y rural, preservando y conservando el medio ambiente y sus ecosistemas”.