Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0114/2015 de 7 de mayo correlativa a la DCP 0072/2014 de 13 de noviembre; en base a los siguientes fundamentos jurídicos constitucionales que ya fueron expuestos en el voto disidente de
Fecha: 07-May-2015
Artículo 111. Régimen Habitat y vivienda.
V. El Gobierno Autónomo Municipal Cabezas, elaborara una Ley Municipal de régimen habitacional para que los/las habitantes del Municipio tengan derecho a un hábitat y vivienda digna, priorizando y ejecutando en el marco de sus competencias programas de vivienda a favor de los habitantes del área urbana, rural dentro de su jurisdicción”.