Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.4.
II.4. Por nota presentada el 12 de febrero de 2014, dirigida al Director General de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, la accionante denunció que en “domingo” 9 del mismo mes y año, la Secretaria de Recursos Humanos del Gobierno Autónomo Municipal de Chulumani, le hizo llegar el memorando de despido; asimismo, denunció que el 27 de septiembre de 2013, ella efectuó la solicitud de su seguro haciendo conocer su embarazo al Alcalde de dicho municipio, quien respondido que se retire, ya que era un gasto para el municipio y solo le darían el subsidio prenatal porque no hay dinero y manifestó que desde esa fecha viene siendo maltratada psicológicamente (fs. 12).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las ordenes de reincorporación emitidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte