Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.8.
II.8. Mediante nota de 21 de abril de 2014, recepcionada por el demandado, el 13 de mayo del mismo año, la accionante manifestó que el 11 de abril del referido año, le envió por fax una nota justificando el motivo por el cual no pudo reincorporarse el 2 de abril y adjuntó un certificado médico; asimismo, señaló que el 29 de citado mes y año, remitió vía fax los certificados de impedimento prenatal y postnatal, además que los adjunta a la presente (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre las ordenes de reincorporación emitidas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte