SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0444/2015-S3

Fecha: 04-May-2015

III.2.  Análisis del caso concreto

De la revisión de antecedentes, se establece que la Dirección General de Servicio Civil, emitió conminatoria de reincorporación el 24 de marzo de 2014, disponiendo que el Gobierno Autónomo Municipal de Chulumani, en el plazo de cinco días hábiles, proceda a su reincorporación al mismo cargo, con el mismo nivel salarial y con el goce de sus derechos establecidos por ley; ante lo cual y en cumplimiento a dicha conminatoria el Gobierno Autónomo Municipal de Chulumani, emitió memorando RRHH/GAMCH-MAE 40/2014 de 2 de abril, no obstante el mismo debió surtir sus efectos a partir del 17 de mayo de 2014, pues en la referida fecha concluía la baja post natal; hecho conocido por la autoridad demandada, puesto que el 13 del referido mes y año, la misma adjuntó los documentos que acreditan la citada baja; en ese contexto, esta Sala concluye que si bien se expidió memorando de reincorporación, éste no fue efectivizado ni materializado, circunstancia bajo la cual, corresponde conceder la tutela, únicamente respecto a la reincorporación dispuesta por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, aclarando que la misma debe ser al último cargo que venía ocupando Silvia Quispe Lamas, dentro del Gobierno Autónomo Municipal de Chulumani.

Finalmente, respecto al pago de sueldos devengandos y bonos, este Tribunal Constitucional Plurinacional se encuentra imposibilitado de fijar su pertinencia, dimensión y cuantía, debido a que esa labor corresponde a las propias autoridades administrativas y/o judiciales, quienes luego de analizar el acervo probatorio bajo el principio de contradicción del proceso precisarán el mismo, si corresponde.